Miguel Gardé, Belisario Affranchino, Eduardo Gassino y Gustavo Calderini, son los cuatro sospechosos que abrieron el periodo de indagatorias en diciembre pasado en la causa en la que se lo acusa de torturar a soldados argentinos durante la guerra de 1982. Solicitaron a través del defensor oficial Guillermo Garone, la prescripción de la causa y ampliaron su declaración inicial.
El pasado 5 y 6 de diciembre de 2019, la ciudad de Río Grande se transformó en el escenario (aunque virtual) de un hecho saliente: las primeras declaraciones indagatorias en el marco de la mega causa que investiga las presuntas torturas en las Islas Malvinas, por las cuales se encuentran imputados una veintena de militares.
Si se tienen en cuenta los plazos habituales, justamente por estas horas y vencidos los 10 días hábiles debía conocerse la resolución de jueza Mariel Ester Borruto, quien tiene la obligación de resolver la situación procesal de los primeros indagados: Miguel Gardé, Belisario Affranchino, Eduardo Gassino y Gustavo Calderini.
Esto se debe, explicaron fuentes judiciales del fuero federal a ((La 97)) Radio Fueguina, a que en la feria de verano los cuatro imputados incorporaron por escrito una ampliación de la indagatoria inicial y, además, pidieron la prescripción de la investigación.
Por ello es que ahora el Juzgado Federal de Río Grande debe, en principio, fijar nuevo plazo para la resolución y correr vistas a las partes involucradas. Una vez los nuevos incidentes hayan sido notificados a la Fiscalía y las querellas llegaría la resolución de la Jueza, lo que se espera ocurra la semana próxima.
El debate de la prescriptibilidad
Si bien estos cuatro imputados aún no habían «jugado la carta» de la prescriptibilidad de los delitos que se les imputan, es largamente conocido en esta misma causa que otros sospechosos sostengan que se los acusa de «delitos comunes» y, por tanto, habría transcurrido el tiempo suficiente para considerar agotados los plazos y prescripta la causa.
Ahora estos cuatro, asesorados por el defensor oficial de Río Grande, el Dr. Guillermo Garone, también apuestan a la prescriptibilidad, amparándose en el fallo de la Cámara de Casación que llegó a la Corte Suprema de Justicia en 2015 y que resolvió que no cabía atribuir a los hechos materia de la causa el carácter de crímenes de lesa humanidad y, por tanto, que habiendo transcurrido el plazo extintivo correspondía dictar la prescripción de la acción penal.
En particular, los argumentos se centraron en la posibilidad de que los actos inhumanos sufridos por los soldados argentinos —entre ellos, ser estaqueados durante horas y con temperaturas bajísimas— sean considerados crímenes de lesa humanidad. Pero la Cámara Federal de Casación Penal rechazó esta posibilidad, al considerar que no se había acreditado uno de los llamados elementos de contexto necesarios para la configuración de un crimen de lesa humanidad: la generalidad o sistematicidad del ataque contra la población civil.
Sin embargo, juristas y especialistas sostienen que sí lo fueron y que deben juzgarse como tales. Así lo explica, por ejemplo, el Dr. Gil Domínguez en una columna publicada en el diario Clarín en el año 2015: «Las torturas acaecidas en Malvinas no fueron un hecho aislado, sino que formaron parte contextual de un plan de agresión sistemática contra la población civil, que utilizó a la guerra como un instrumento revitalizador de los objetivos del Proceso de Reorganización Nacional ¿O acaso no fue un ataque sistemático reclutar forzosamente a jóvenes, imponerles un estado militar y enviarlos al frente de batalla sin instrucción de combate ni equipamiento para enfrentarlos al hambre, al frío y a una potencia enemiga militarmente superior?.
Los anteriores dos jueces de la causa en Río Grande (la Dra. Lilian Herraez y el Dr. Federico Calvete) comparten la opinión de que se tratan de delitos de lesa humanidad y que por esto son imprescriptibles.
Fuente: Sur54