El vicegobernador que estuvo a cargo del Ejecutivo durante 8 dias firmó un decreto que revocó la cesantia de Julio Vivas, el ex jefe de depósito del Hospital Regional Ushuaia condenado por la Justicia en 2017 a dos anos de prisión e inhabilitación perpetua. La medida no esta fundamentada y fue dictada el ultimo dia de la gestión de Arcando en el gobierno. Se suma al escandalo por la compra de los atributos de mando.
Durante su mandato de ocho días al frente del Poder Ejecutivo, el ex gobernador interino Juan Carlos Arcando revocó la cesantía, y por lo tanto reincorporó a las filas del Estado provincial, al ex jefe de depósito del Hospital Regional Ushuaia condenado penalmente por sustraer insumos del establecimiento, e inhabilitado a perpetuidad para ocupar cargos públicos.
La medida, plagada de hechos sugestivos, favoreció a Julio Salvador Vivas, de 35 años, a quien la Justicia consideró en diciembre de 2017 como autor del delito de “peculado” (una variante de la defraudación contra la administración pública) y lo condenó a dos años de prisión en suspenso e inhabilitación perpetua.
En forma paralela a esa condena, dictada por el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Ushuaia, el gobierno provincial también concluyó un sumario administrativo y resolvió echar a Vivas del Estado.
La sanción fue aplicada a través del decreto 489/2019 firmado por la ex gobernadora Rosana Bertone y el ex ministro de Salud Guillermo Ruckauf el 6 de marzo de 2019, un año después de la condena judicial.
El decreto asegura que Vivas incurrió “en una falta grave de incumplimiento de sus deberes y quebrantamiento de las prohibiciones exigibles al agente, por haber sustraído del patrimonio estatal, elementos confiados a su custodia, y dispuesto su uso a fines particulares”.
Contra esa decisión, el agente interpuso un recurso de reconsideración, lo que motivó que la ex gobernadora le corriera traslado del trámite a la Secretaría Legal y Técnica.
El organismo de asesoramiento jurídico emitió entonces el dictamen 166 de 2019, en el que el ex subsecretario Legal y Técnico, Cristian Crea, concluyó que no debía hacerse lugar al recurso de Vivas, y debía confirmarse la cesantía.
Sin embargo, durante su breve mandato como gobernador, Arcando dictó el decreto 4469 de 2019, en el que se resuelve hacer lugar al recurso de reconsideración presentado por Vivas, revocar el decreto 489 dictado por Bertone en marzo de ese año, y por lo tanto reincorporar a las filas del Estado al empleado condenado judicialmente. La medida también fue rubricada por el ex ministro jefe de gabinete, Enrique Vallejos.
De un escándalo a otro
Los ocho días del ex vicegobernador al frente del gobierno (por la renuncia de Bertone para jurar como diputada nacional) estuvieron signados por el escándalo que generó la compra de los atributos de mando (el bastón y la banda) utilizados durante el acto de jura y otros eventos protocolares.
Arcando pidió autorización para gastar $450 mil aunque cuando EDFM hizo pública esa documentación, declaró que afrontaría esa erogación con fondos personales, lo que igual desató todo tipo de repercusiones en medios locales y nacionales.
En ese contexto, la firma del decreto que revocó la cesantía del agente Vivas también está rodeada de episodios sugestivos.
Por ejemplo, el decreto que favoreció al empleado no explica el motivo del cambio de posición del Estado, que ya había cesanteado al agente y había dictaminado, a través de la Secretaría Legal y Técnica, que correspondía el rechazo del recurso de reconsideración.
Según fuentes judiciales consultadas por este medio, la condena contra Vivas fue recurrida a través de un recurso de casación ante el Superior Tribunal de Justicia, que todavía no resolvió (dos años después de la condena) si le asiste o no la razón en el planteo.
Desde el punto de vista jurídico, se podría argumentar -entonces- que el fallo condenatorio no está firme, pero nada de ello fundamenta el decreto de Arcando, que apenas alude “a las razones expresadas por el recurrente y su correlación con los principios del debido proceso y la inviabilidad de la defensa”.
También se menciona en el decreto que “tomó intervención la Secretaría Legal y Técnica”, pero no se sabe si se refiere al dictamen que aconsejó lo contrario de lo resuelto, o a un nuevo dictamen que podría haber emitido la secretaria designada por Arcando para su exiguo mandato.
De cualquier modo, que la condena judicial, técnicamente no esté firme, no habilita al gobierno a revocar la cesantía. Fuentes vinculadas a la administración pública explicaron que “el sumario administrativo es una instancia diferente y paralela a una causa penal. Si el sumario ya demostró la existencia de una falta grave por parte del acusado, el Estado está habilitado para aplicar la sanción, más allá de los delitos que pueda demostrar la justicia, que tiene otros tiempos y requisitos. La cesantía no está atada a la causa penal, y por ello no tiene nada que ver la presunción de inocencia”, detallaron las fuentes.
Más allá de eso, el decreto de Arcando tiene otras singularidades. Una de ellas es la oportunidad. Fue dictado el último día de gestión y la jornada anterior a la asunción del gobernador Gustavo Melella. ¿Cuál era el motivo de la urgencia para resolver el asunto?
Por otra parte, hay una última coincidencia. El trámite para el registro del decreto y otros pasos administrativos contra reloj, requirió seguramente un mayor esfuerzo de los empleados públicos involucrados, por ejemplo del personal directivo de la Secretaría Legal y Técnica.
Como informó EDFM, Arcando dispuso el 16 de diciembre (misma fecha del decreto) otorgar “una mejora del 100% en el valor de las guardias pasivas que se le pagan a los agentes estatales” que “ostenten los cargos de Director General de Despacho, Control y Registro, y de Subdirector General de Despacho, Control y Registro, dependientes de la Secretaría Legal y Técnica”.
El caso penal
En 2015, Julio Salvador Vivas era el jefe de depósito del Hospital Regional Ushuaia.
La Justicia demostró que durante fechas previas al 26 de agosto de ese año, el agente sustrajo una cantidad de objetos que se encontraban guardados en el galpón que tenía bajo su custodia, en la parte posterior del establecimiento médico, y en un contenedor situado en inmediaciones de esa misma construcción.
Tras la denuncia del caso, y por orden de a jueza de instrucción María Cristina Barrionuevo, la Policía allanó la vivienda particular del empleado público en el barrio de Andorra.
Allí aparecieron distintas cantidades de elementos como rejillas, esponjas, trapos de piso, escobillones, franelas, bolsas de consorcio, toallas y toallones, sábanas, fundas y guantes, muchos de ellos en sus envases originales y con la leyenda de “uso hospitalario”.
Vivas sustrajo del patrimonio estatal objetos “cuya recepción, administración y custodia le habían sido confiadas en razón de su cargo”, entendieron los acusadores en la causa penal.
La causa se resolvió bajo el procedimiento de “omisión de debate”. Este mecanismo, aceptado por la defensa y los jueces, establece que el tribunal se aboca directamente a dictar una sentencia (sin la realización del juicio oral) y que, en caso de ser condenatoria, no puede superar el pedido de la Fiscalía.
La omisión fue propuesta por el ex fiscal Mayor de Ushuaia, Guillermo Massimi, quien requirió la misma pena luego aplicada por los jueces Rodolfo Bembihy Videla, Maximiliano García Arpón y Alejandro Pagano Zavalia.
Por otra parte, se le impuso a Vivas el cumplimiento de una serie de reglas de conducta, entre ellas “comunicar al tribunal de ejecución todo cambio de residencia”, “someterse al cuidado del Patronato de Presos y Liberados” y “abstenerse de usar estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas”.
Fuente: eldiariodelfindelmundo