Miercoles 04 de Diciembre de 2024, 16:15 hs.
Diciembre 2024
Miercoles 04
16:15 hs.
En Rio Grande se pusieron en vigencia dos ordenanzas que establecen sanciones para la empresa Angus Catering (servicios de colectivo) y Santa Helena (recolección de residuos), sino incorporan a su planta de personal a mujeres. Ambas empresas estan obligadas a cumplir con un cupo femenino del 30% en su planta permanente y, hasta el momento, no lo han hecho.
Las empresas prestadoras del servicio público de recolección de residuos y de transporte públicos de pasajeros de Río Grande, serán penalizadas con una multa, en caso de no cumplir con las ordenanzas vigentes para que el 30% del plantel de personal permanente tenga cupo femenino.
Las sanciónes quedaron establecidas con la promulgación de las ordenanzas 3925 y 3926, publicadas en el Boletín Oficial, las cuales expresan que el incumplimiento de lo normado respecto a la contratación de mujeres “será penado con un monto equivalente de hasta el 5 % del monto total del contrato, con más las actualizaciones que se hayan realizado”.
En ambas herramientas legales también queda establecido que lo que se logre recaudar por la aplicación de las multas, “será de afectación específica y destinado a los programas de capacitación para mujeres que lleva adelante el Municipio”.
En la ordenanza 3925, se fija la sanción para la empresa concesionaria del servicio público de colectivos, en este caso Angus Catering, que según normativa 3728 debe garantizar un porcentaje no inferior al 30% de mujeres en su planta de personal.
En tanto, por la ordenanza 3926, la multa es para la empresa concesionaria del servicio de barrido, recolección y deposición final de residuos sólidos urbanos; en este caso la firma Santa Helena, que por ordenanza 3777, está obligada a respetar el cupo femenino en su plantel de chóferes, mecánicos, administrativos o cualquier otra actividad que la empresa desarrolle.
Promulgada de hecho
La decisión de los Concejales de aprobar una sanción a las empresas de los servicios públicos que concesiona la Municipalidad de Río Grande, se debe a que en los informes pedidos sobre un detalle de la planta de personal de las empresas, se desprenden de las respuestas que “no hubo cambios significativos en la conformación del plantel”.
Al advertir que en las normativas que obligan a cumplir con la contratación de mujeres, no se establece penalidad alguna en caso de incumplimiento, es que los ediles decidieron aprobar una modificación y establecer la multa.
Cabe destacar que tanto la ordenanza 3925 como su par 3926, fueron sancionadas en la sesión ordinaria del 27 de noviembre del año pasado y que quedaron promulgadas de hecho el pasado 17 de diciembre; por transcurso del tiempo sin que desde el Departamento Ejecutivo surgiera opinión alguna respecto a vetarla o promulgarla.
Fuente: eldiariodelfindelmundo