Domingo 22 de Diciembre de 2024, 08:44 hs.
Diciembre 2024
Domingo 22
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La resolución del Superior Tribunal de Justicia que exponía irregularidades insalvables en lo actuado por el Poder Legislativo y el Ejecutivo y disponía la suspensión de las elecciones de convencionales constituyentes, podría reconsiderarse.
“Por ahora el proceso está suspendido precautoriamente y vamos a ver qué resolvemos en cuanto a la cuestión de fondo en su momento porque la medida tiene carácter cautelar y provisorio” – relativizó en declaraciones a la prensa Gonzalo Sagastume, uno de los jueces firmantes de la Resolución del 6 de agosto último.
El presidente del Superior Tribunal de Justicia, el juez Carlos Sagastume, dialogó con la prensa sobre la Resolución Judicial del 6 de agosto último, que suscribió con sus pares Miriam Cristiano, María del Carmen Bataini, Ernesto Adrián Loffler y Javier Darío Muchnik. En fallo unánime los jueces disponen en la parte resolutiva “la suspensión del acto electoral fijado por el decreto Nro. 1.656/24 del Poder Ejecutivo Provincial, publicado el martes 30 de julio de 2024”, aludiendo a la elección de 15 convencionales constituyentes titulares y 8 suplentes, prevista para el día 10 de noviembre del corriente año.
En diálogo con el periodista Marcelo Mora, Sagastume sorprendió con aseveraciones que contrastan con la percepción pública de la ciudadanía, en el sentido de que el instrumento producido por la Justicia daba por concluída la posibilidad de que se modifique la Constitución en vigencia, por irregularidades – según los mismos magistrados señalan en el cuerpo de la Resolución – de carácter insalvable.
A 24 horas de conocida la controvertida Resolución, que de modo inédito muestra una fuerte confrontación entre el Poder Judicial, el Legislativo y el Ejecutivo, Sagastume relativizó el efecto de dicha Resolución, a la que insistió en reiterados pasajes de la entrevista periodística en definir como “cautelar y provisoria” a la vez que afirmó que “por ahora el proceso – la elección – está suspendida precautoriamente y vamos a ver qué resolvemos en cuanto a la cuestión de fondo en su momento”.
“Esta es una medida cautelar que requirió frente a una acción que inicia como ciudadano Lechman ( – legislador del partido Somos Fueguinos que interpuso el recurso -) y es una acción de inconstitucionalidad con la solicitud de una medida cautelar. Se hizo lugar en la medida cautelar que es una medida de carácter, como dice, cautelar o provisoria. Ahora resta concretamente correr traslado a la provincia respecto de la acción de inconstitucionalidad planteada para que en el término de 30 días conteste la acción promovida”.
Dejando claro que lo que hoy no es pero mañana sí puede serlo, y que todo es relativo también en el ámbito de la Justicia, el juez Sagastume pidió “no avanzar sobre el fondo del asunto, porque eso compromete eventualmente mi actuación futura dentro del ámbito de la resolución del asunto de fondo que es concretamente el planteo de inconstitucionalidad en sí”.
El magistrado finalmente se abstuvo de referirse a los puntos medulares explícitamente marcados en la Resolución del 6 de agosto, en el que él y las otras cuatro máximas figuras de la Justicia fueguina marcaron como insalvables – caducidad de plazos, marcos legales referidos al gasto público que requerirá la modificación de la Constitución actual, entre otros – y que a estar por sus últimas declaraciones, podrían dejar de tener ese carácter.
FUENTE: diarioprensa