El régimen especial de presentación espontánea y regularización de deudas fue aprobado por la Legislatura el jueves 19 de septiembre. Los contribuyentes cuentan desde el 30 de septiembre con un plazo de 60 días corridos para adherir al plan de pago.
El Gobierno de la provincia promulgó el lunes pasado la ley que inició un nuevo régimen especial de presentación espontánea y regularización de deudas, y que tiene por finalidad facilitar que los contribuyentes puedan poner al día situación con el fisco provincial.
El director Ejecutivo de AREF, Oscar Bahamonde, explicó al respecto que “se va a poder regularizar las deudas vencidas hasta el 31 de agosto tanto de declaraciones juradas impagas como deudas en discusión administrativa o judicial. Hay 60 días para realizar la adhesión al plan de pago”.
Al ser una moratoria, los beneficios son descuentos sobre los intereses que tenga acumulada la deuda. La cantidad de cuotas o el interés a aplicar depende del tipo de contribuyente, si es grande o pequeño”, detalló.
En este sentido, el funcionario informó que “para grandes contribuyentes (facturación superior a mil millones de pesos durante los últimos 12 meses) el plazo es de hasta 48 cuotas con descuentos sobre los intereses que van desde el 60% si pagan de contado la deuda o el 20% cuando van al máximo de cuotas. Para los pequeños contribuyentes (facturación menor a mil millones de pesos durante los últimos 12 meses) el plazo es de hasta 84 cuotas, con la condonación del 100% de los intereses si pagan al contado o un descuento menor de acuerdo al plan de cuotas” .
“Nosotros tenemos una estimación del nivel de declaraciones juradas que no se pagan que, desde el año 2020 al día de hoy, ronda en promedio el 5%, por lo que estimamos que alrededor de entre 1.500 y 2.000 contribuyentes van a ingresar a la moratoria ”, aseguró.
Finalmente, Bahamonde recordó que “para el 95% que paga regularmente las declaraciones juradas existe el beneficio por buen contribuyente”.
Plano de pagos
Micros, pequeñas empresas y demás contribuyentes
Cuota remisión intereses y cargos intereses sobre saldo
1 100% -
2 a 12 80% 2%
13 a 24 60% 2,5%
25 a 48 40% 3%
49 a 84 20% 3,5%
Grandes contribuyentes (más de $1.000 millones)
Cuota remisión intereses y cargos intereses sobre saldo
1 60% -
2 a 12 40% 3%
13 a 24 30% 3,5%
25 a 48 20% 4%