El Banco Central de la Republica Argentina no puso reparos a que las entidades financieras puedan adquirir las Letras de Tesoro que dispuso emitir el Ministerio de Finanzas Publicas para atender distintas obligaciones de pago por hasta 260 millones de pesos.
Mediante Comunicación “A” 7354/2021; el Banco Central de la República Argentina (BCRA), no formuló observaciones para que las entidades financieras puedan adquirir Letras del Tesoro de corto plazo, a ser emitidas por la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, por hasta la suma de $260.000.000.
La resolución adoptada por las autoridades del BCRA, señala: “No formular observaciones, respecto de la restricción contenida en el punto 2.1. de las normas sobre “Financiamiento al sector público no financiero”, a que las entidades financieras puedan adquirir letras del Tesoro de corto plazo a ser emitidas por la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur por hasta la suma de $260.000.000, en el marco del “Programa de Emisión y Colocación de Letras de la Provincia de Tierra del Fuego 2021”, creado por el Decreto provincial 1156/21”.
Más adelante, la Comunicación del BCRA indica que “al no contar esas letras con alguna de las garantías elegibles previstas por las normas de esta Institución, las entidades financieras adquirentes deberán cumplir además las disposiciones aplicables establecidas en las normas sobre Capitales mínimos de las entidades financieras y Financiamiento al sector público no financiero.
La comunicación lleva las firmas de Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas y María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.
Cabe recordar que mediante Decreto 1156/21 el Poder Ejecutivo autorizó al Ministerio de Fianzas, a través de la Tesorería General, a disponer en el marco del “Programa de Emisión y Colocación de Letras del Tesoro de la Provincia de Tierra del Fuego 2021” la emisión de letras por hasta un valor nominal original de 1.500 millones de pesos, facultando al mencionado Ministerio a determinar lo términos y condiciones particulares del programa, la época y oportunidad para la emisión, como así también los términos y condiciones de cada clase o serie a emitir.
Mediante Resolución 655/21, del 6 de agosto pasado, el Ministerio de Finanzas Públicas dispuso “la emisión de Letras del Tesoro cerrada correspondientes a la serie con valor unitario nominal de 1 peso, por un monto máximo de hasta 260 millones de pesos en circulación”; la aprobación de las bases de términos y condiciones particulares y generales del programa, y la autorización a la secretaría de Hacienda y a la oficina provincial de contrataciones “a realizar las gestiones, actos, contrataciones y toda otra medida que resulten necesarias o beneficiosas a los efectos de obtener las aprobaciones pertinentes para la emisión de la Letras del Tesoro Cerradas”. Además autoriza “al Tesorero General a suscribir el certificado global representativo de la emisión de la Letras Cerradas”, que será depositado en la Caja de Valores S.A.
FUENTE: edfm