Jueves 21 de Noviembre de 2024, 18:43 hs.
Noviembre 2024
Jueves 21
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Sera un espacio autónomo y autarquico, que tendra el objetivo de resguardar los derechos y garantias de las generaciones mas jóvenes. Este hecho es un logro del trabajo interdisciplinario entre los tres poderes del Estado.
La legisladora Andrea Freites (FdT-PJ), adelantó que la iniciativa será Ley en la próxima sesión ordinaria y celebró las gestiones efectuadas junto a los Parlamentarios de los diferentes bloques políticos que integran la Cámara fueguina. También contó que la semana pasada se realizó un plenario de las Comisiones de Legislación General Nº 1 y de Economía Nº 2, para culminar el debate en torno al proyecto de Ley. En ese encuentro se alcanzó el dictamen.
“Trabajamos con el ministro de Desarrollo Humano, Marcelo Maciel; con el ministro Jefe de Gabinete, Agustín Tita, con las y los Legisladores con quienes elaboramos un escrito muy interesante y también con las áreas pertinentes del Poder Judicial”, exaltó la referente del bloque del FdT-PJ.
En tanto, señaló que el organismo tendrá sede en Ushuaia donde se ubicará la oficina central, y se prevé nombrar dos defensores adjuntos, que cumplirán funciones en Río Grande y Tolhuin.
La iniciativa hace una reseña del plexo normativo nacional y provincial en materia de minoridad, en particular sobre la Ley provincial N° 521 – Protección integral de los derechos de niños, niñas, adolescentes y sus familias. Además refiere a la Ley provincial N° 110 de creación del sistema judicial fueguino, cuando da jurisdicción a los juzgados de minoridad y Familia.
También se recuerda la promulgación, en 2005, de la Ley nacional N° 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, y crea un sistema, en la jurisdicción nacional, de similares características al que dispone la Ley local, en cuanto a la definición de los órganos administrativos de protección de derechos.
El proyecto de Ley establece las funciones; la realización de informes a cada período legislativo; la integración de un defensor y 2 adjuntos; los requisitos para integrarlo; la duración en sus cargos; la designación mediante tribunal Ad Hoc; la remuneración; las incompatibilidades para integrarlo; el cese en sus funciones y presupuesto, entre otros puntos.
Entre los objetivos puntuales que persigue la normativa, se encuentran: La protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la Provincia, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico local, nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte; coordinar acciones con la Defensoría Nacional de niñas, niños y adolescentes con efectos en la población de la Provincia; actuar en forma coordinada y conjunta con las instituciones provinciales y municipales vinculadas a las niñas, niños y adolescentes; intervenir en casos en los cuales no se haya obtenido respuesta en los ámbitos administrativos creados por la Ley provincial N° 521.
FUENTE: sur54