Las medidas aplicaran hasta tanto se normalice la situación de la pandemia del COVID-19. Alcanzara a beneficiarios que no perciban ingreso familiar y a todos aquellos que perciban menos de $ 45.000 por grupo familiar o que directamente carezcan de ingresos.
El IPV informó este lunes a todos los adjudicatarios o beneficiarios de viviendas FONAVI, lotes, o créditos, que en el marco de la pandemia desatada por el COVID-19, y ante la difícil situación que aqueja a todos, desde el Gobierno de la provincia se ha procedido a implementar distintas medidas con el fin de atender la franja más vulnerable respecto a las cuotas de amortización.
En este sentido, desde el organismo detallaron que la suspensión alcanzará a aquellos “adjudicatarios o beneficiarios que no perciban ingreso familiar y a todos aquellos que perciban menos de $ 45.000, se suspenderá el cobro de las cuotas correspondiente a los meses que dure la cuarentena y hasta tanto pueda normalizarse la atención respectiva de cada caso en particular”.
“El IPV en todos los casos de cuota en mora de los meses que se vio afectada la cuarentana, no se aplicará punitorios sobre las mismas. Si son abonadas fuera de su vencimiento respectivo”, señalaron las autoridades.
También se decidió dar “continuidad sin concurrencia a las oficinas del IPV por el lapso que dure la cuarentena y hasta tanto pueda normalizarse la atención respectiva los diferimientos o reducciones de cuotas hasta el mes de marzo del corriente”.
Canales de comunicación
Además, el Instituto informó que se encuentran habilitados los siguientes canales de comunicación para dejar sus consultas respectivas:
Vía mail: en Ushuaia a [email protected] y [email protected] y en Río Grande a [email protected] y [email protected].
Mensaje vía WhatsApp en la ciudad de Ushuaia al 2901-15540776
Teléfonos de línea directa a las oficinas de recupero en los horarios de 10 a 13 horas: en Ushuaia al 2901-423079 internos 1403-1408-1406; y en Río Grande al 2964- 429010-427590-433700 interno 1425
Estos canales estarán habilitados para:
Adjudicatarios y/o beneficiarios que no perciban ingresos.
Adjudicatarios y/o beneficiarios que a la fecha del mes de marzo inclusive poseían cuota diferida y/o reducida.
Adjudicatarios y/o beneficiarios que perciban menos de $ 45.000 en el grupo familiar.
La documentación que deberán presentar es la siguiente:
DNI del adjudicatario y/o beneficiario
Para aquellos en donde los ingresos sean menor de $ 45.000 enviar una foto de los recibos de sueldos correspondientes del grupo familiar.
Certificación negativa de ANSES en caso de no percibir ingresos.
FUENTE: edfm