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Deudas de Obras Sociales y Prepagas: El Ejecutivo se vetó a sí mismo

El Poder Ejecutivo provincial vetó parcialmente un artículo de la ley que estableció un régimen para que las obras sociales y empresas de medicina prepaga puedan pagar en cuotas las deudas que mantienen con los hospitales públicos. El proyecto sancionado por la Legislatura era copia fiel del proyecto que había elaborado el propio Poder Ejecutivo.

04:01 | 17/01/2023
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Por considerar que podría “generar eventuales perjuicios a la Provincia, el Poder Ejecutivo dispuso vetar parcialmente un artículo de la ley que estableció un régimen para la regularización de las deudas que las  Obras Sociales y Empresas de Medicina Prepaga mantienen con  los hospitales públicos.

Puntualmente se objetó, con buen criterio, el párrafo del artículo 6 que determinaba que la adhesión de la deudora al régimen implicaba “para la parte acreedora (los hospitales públicos) la renuncia expresa a toda acción de reclamo de las deudas sometidas al presente marco de regularización, en todos sus conceptos, así como el allanamiento y/o desestimiento, según corresponda, de los recursos en sede administrativa y las acciones judiciales que pudieran iniciarse o se encuentren en trámite ante cualquier tribunal de la República Argentina, asumiendo según corresponda la costas causadas y/o devengadas en dichas instancias”.

Lo que no deja de resultar llamativo es que el veto en cuestión se aplicó sobre el mismo texto que había sido redactado por el propio Poder Ejecutivo al elaborar, para su posterior presentación al Parlamento.

Es decir, el Ejecutivo terminó vetando lo que inicialmente había propuesto.

El proyecto en cuestión había sido elevado a la Legislatura el lunes 19 de diciembre del año pasado, 48 horas antes de que se realizara la última sesión ordinaria del 2022. Sin mayor análisis que el que pueda haberse realizado en la reunión de Labor Parlamentario, los Legisladores lo incluyeron en el orden del día y en la sesión del 21 de diciembre lo aprobaron, sin debate, por mayoría. El único voto negativo fue el de la legisladora Vuoto.

Si bien tanto en el fundamento como en el articulado del proyecto gubernamental que, sin modificación alguna, fuera sancionado por el Parlamento se pone en cabeza del ministerio de Salud la reglamentación de la ley y la posibilidad de prorrogarla en su vigencia, da la impresión que esa cartera no tuvo participación en la redacción del proyecto original. Ello se desprende del decreto de veto parcial, que refiere que una vez aprobada la iniciativa se le dio intervención al Ministerio de Salud, y que mediante el informe elaborado por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la cartera recomendó el referido veto parcial. El argumento esgrimido fue que la renuncia a toda acción de reclamo judicial sobre las deudas incorporadas al régimen de regularización podía ocasionar “eventuales perjuicios a la Provincia (…) teniendo en cuenta los posibles incumplimientos que podrían generarse a futuro de la suscripción de los convenios”.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

FUENTE: edfm

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