Viernes 22 de Noviembre de 2024, 05:31 hs.
Noviembre 2024
Viernes 22
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La municipalidad de Rio Grande notificó a los supermercados de las medidas, explicitadas en el Decreto N° 468/20 dictado por el Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego, Antartida e Islas del Atlantico Sur; en el Decreto Municipal N° 667/20, de la Ordenanza Municipal N° 4086/29, y en la Ley de Defensa del Consumidor
Las medidas establecen que:
-Es de carácter obligatorio respetar el sostenimiento del precio de los productos permitidos para su comercialización, se debe evitar el aumento indiscriminado del mismo. El incumplimiento de esta norma es pasible de sanciones importantes.
-Únicamente pueden comercializar los productos de primera necesidad determinados por la norma vigente, a saber: alimentos, bebidas, elementos de higiene personal, limpieza y veterinarios. Queda suspendida la venta de cualquier otro producto que no se encuadre en los mencionados precedentemente, para evitar la demora en los comercios y la competencia desleal con los establecimientos comerciales de la ciudad que han cerrado sus puertas.
-Garantizar los elementos constitutivos de la oferta de venta a clientes indeterminados, explicitando fecha de comienzo y finalización, modalidad, condiciones o limitaciones.
El incumplimiento de las medidas dispuestas, durante el transcurso de la emergencia sanitaria, dará lugar al cierre preventivo y/o a las sanciones que correspondan ante el caso.
Participó del recorrido el secretario de Gestión Ciudadana del Municipio, Gonzalo Ferro, junto a su equipo de inspectores asignados para tal fin.
Fuente: Sur54