Segun la resolución que pone en marcha la medida, la misma busca “mejorar el cumplimiento de los objetivos de gobierno y generar mayor valor publico para la sociedad”. Los alcances del control que se ejerceran en los Ministerios y Secretarias, a través de unidades de Auditoria Interna que fueron creadas el ano pasado.
Mediante la resolución 10/20, de fecha 19 de enero, la Contaduría General de la Provincia aprobó el Plan Anual de Auditoría, en el cual se exponen las actividades que serán realizadas en el período comprendido por los meses de enero a diciembre de 2021, en base a los objetivos de promover la calidad y la mejora continua del Sistema de Control Interno.
Según lo expresado desde el organismo, la medida busca “lograr un impacto positivo en el ejercicio de las funciones del organismo, mejorar el cumplimiento de los objetivos de gobierno y generar mayor valor público para la sociedad”.
En el 2020, mediante la resolución CGP 50/2020 se crearon las Unidades de Auditoría Interna en los Ministerios y Secretarías de Estado. Dicha medida contribuirá a mejorar la eficiencia del control interno, por cuanto cada jurisdicción contará con una unidad organizativa que se abocará con exclusividad únicamente a la atención de los trámites que se generen desde dichas dependencias.
En el Detalle del Plan de Acción, se consigna que la Auditoría Interna ejercerá el control preventivo de los actos administrativos que dispusieran fondos realizando auditorias financieras, de cumplimiento y legalidad; dejando en claro que en ningún caso la inexistencia de control preventivo impedirá el control posterior.
Se consigna que todos los expedientes que sean solicitados por el Tribunal de Cuentas de la Provincia, deberán contar con el pertinente informe de Auditoría Interna. De no ser así, el área requerida deberá girar el expediente solicitado con el pedido de prioridad el cual deberá ser auditado en un plazo no superior a las 72 horas.
Principales intervenciones
Algunas de las principales las intervenciones de la Auditoría Interna, son:
Adjudicaciones: Se auditará en forma previa la totalidad de las actuaciones con excepción de aquellas tramitaciones cuyos importes sean inferiores al 10% del jurisdiccional de compra directa y no superen el monto de presunción de perjuicio fiscal establecido por el Tribunal de Cuentas de la Provincia.
Gastos en Personal: Se auditarán en su totalidad los expedientes correspondientes a pago de haberes, aportes y contribuciones de la Administración Central.
Obras Públicas: Se auditarán los pagos de anticipos financieros, certificados de obra, certificados de redeterminación de precios y liquidación final de obra. A su vez se le adicionará tareas de campo a realizarse in situ. Se realizará un análisis que contemple un análisis técnico y un análisis contable.
Aportes financieros para las Escuelas Públicas de Gestión Privada (Ley 749): Se auditarán como mínimo el 50% de los expedientes que se tramiten anualmente.
Fondo Nacional de Incentivo Docente: Se auditarán como mínimo el 50% de los expedientes recibidos.
Planes, programas con aportes no reintegrables: Se realizará un control posterior y se auditarán como mínimo el 50% de los expedientes recibidos. Entre los casos a seguir se encuentran: Subsidios a las Bibliotecas, Veteranos de Guerra, Red-Sol, Familia sustituta, RUPE, subsidios que otorgue el Ministerio de Trabajo y Empleo.
FUENTE: edfm