Domingo 22 de Diciembre de 2024, 21:21 hs.
Diciembre 2024
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Asi lo establece el Decreto N? 1971/2021 firmado por el Ejecutivo Municipal. Los vecinos de Ushuaia elegiran a 14 Convencionales Constituyentes y 7 suplentes, quienes tendran la labor de revisar los 105 articulos de la Carta Organica Municipal incluidos en la convocatoria. Los cargos se asignaran respetando la paridad de género.
El intendente de Ushuaia, Walter Vuoto, oficializó la convocatoria a elecciones de Convencionales Constituyentes para el 15 de mayo de 2022, con el objeto de reformar la Carta Orgánica Municipal.
Los vecinos de Ushuaia elegirán un total de 14 Convencionales y 7 suplentes, quienes tendrán a su cargo la revisión de un total de 105 artículos de la máxima normativa local. Así quedó establecido mediante Decreto N° 1971/2021, en el marco de la promulgación de la Ordenanza N°5958 que declaró la necesidad de reforma.
De acuerdo a esa ordenanza, que fue sancionada por el Concejo Deliberante la semana pasada, los Convencionales prestarán funciones ad-honorem. Asimismo se establece que los cargos se asignarán respetando la paridad de género: En base a la cantidad de preferencias que obtenga, cada candidato podrá modificar el orden de la lista desplazando al siguiente del mismo género.
El documento que declara la necesidad de reforma a la Carta Orgánica Municipal incluye la revisión y actualización de puntos referidos al Plan Estratégico de la ciudad; competencias exclusivas de la Municipalidad y concurrentes con Nación y Provincia; hábitat y tierras fiscales; presupuesto participativo; empréstitos; servicios públicos; integración del régimen patrimonial; referéndum popular; requisitos y mecanismo de designación del Defensor del Vecino; Consejo Juvenil; evaluación de impacto ambiental en proyectos de obras; mecanismos de enmienda a la Carta Orgánica; deberes y derechos de vecinos.
Asimismo la convocatoria a revisión de la Carta Orgánica Municipal prevé el análisis de los artículos vinculados al Ejecutivo Municipal (Intendente, duración de mandato, plazos de reelección, requisitos para el Jefe Comunal y miembros del gabinete, atribuciones y deberes); sistema de contrataciones; y del Concejo Deliberante (cantidad de bancas, requisitos, duración de mandato, plazos de reelección, atribuciones y deberes).
También se someterán a posibles modificaciones, puntos referidos a la duración del mandato del Juez de Faltas y de los miembros de la Sindicatura Municipal; régimen electoral (incorporación de la paridad); constitución de partidos políticos; conformación y reconocimiento de asociaciones vecinales, entre otros.
FUENTE: edfm