Domingo 22 de Diciembre de 2024, 14:23 hs.
Diciembre 2024
Domingo 22
14:23 hs.
Dias atras EDFM habia informado la disposición de un fondo de asistencia social para la ciudad de Rio Grande y Tolhuin. En las ultimas horas se conoció un decreto similar que destina otros $50 millones a la ciudad de Ushuaia. Lo particular del caso es que los dos decretos alcanzan a Tolhuin.
El gobernador Gustavo Melella y el ministro de Desarrollo Humano de la Provincia, Javier Marcelo Maciel, firmaron un segundo decreto, el N° 219, en el cual disponen destinar $50 millones para ayuda social de personas de bajos recursos de la ciudad de Ushuaia.
“El diario” había informado días atrás que el gobernador y el funcionario habían emitido un instrumento de similares características, más precisamente el decreto N° 134, mediante el cual se decidió la apertura del “Fondo Permanente Subsidios - M.D.H. - Río Grande y Tolhuin”. El mismo también estaba constituido por $50 millones de pesos. Lo particular de ambos decretos es que los dos destinan fondos a Tolhuin, con lo cual se deduce que tanto las jurisdicciones con asiento en Ushuaia o Río Grande, del Ministerio de Desarrollo Humano, podrán dar subsidios en el corazón de la isla.
Los argumentos volcados en el decreto que crea el fondo para Ushuaia, son idénticos al primer acto administrativo en ese sentido para abarcar el norte provincial. Tal es así que se menciona que
los recursos podrán ser otorgados en forma de subsidios para alquileres de vivienda, alojamientos, adquisición de materiales de construcción, compra de colchones, pañales, alimentos y/o medicamentos. También se podrán volcar a asistencia de menores por rehabilitaciones terapéuticas, cancelación de deudas por servicios básicos, servicios de sepelio y/o cremaciones, compra de pasajes, prótesis, entre otras.
“El mencionado Fondo Permanente se ejecutará bajo la responsabilidad de la Dirección General de Administración Financiera dependiente del Ministerio de Desarrollo Humano y de los agentes responsables designados mediante Resolución M.D.H. Nº 1601/21”, aclara el decreto.
En el artículo 4 se establece que la Secretaría de Desarrollo Humano Zona Sur- M.D.H., podrá habilitar cajas chicas con o sin reposición, hasta el importe de $ 400.000,00y las demás áreas podrán habilitar cajas chicas con o sin reposición, cada una de ellas hasta la suma de $ 150.000,00. Igualmente se aclara que “las mismas no podrán superar en su conjunto el 10% del monto de apertura del Fondo Permanente”. También se establece que “las rendiciones correspondientes al presente Fondo Permanente deberán realizarse conforme las disposiciones de la Resolución C.G.P. Nº 64/21 o la que en el futuro la modifique o reemplace”.
FUENTE: edfm