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Ushuaia Tierra del Fuego
CÓDIGO PROCESAL PENAL

La victima podra oponerse: La Legislatura aprobó la modificación a las prisiones domiciliarias

Aprobado en forma unanime en general y con algunas objeciones en particular, fue sancionada la ley de reforma del Código Procesal Penal en lo que concierne a las prisiones domiciliarias, de manera que las victimas puedan oponerse.

04:05 | 28/05/2020
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Con la aprobación en general por todos los Legisladores y en particular, con la negativa a ciertos articulados, por parte de los representantes de la bancada del Partido Verde (Victoria Vuoto, Laura Colazo y Jorge Colazo), fue sancionada la reforma a las prisiones domiciliarias, de manera que las víctimas puedan participar en el proceso de decisión del Juez de Ejecución, a la hora de determinar otorgar ese beneficio.

Con la redacción de la reforma al Código Procesal Penal de la provincia que fue aprobada, a partir que sea promulgada la nueva ley las víctimas deberán ser comunicadas al momento que el Juez de Ejecución de Pena evalúe otorgar la prisión domiciliaria de un condenado. Lo mismo sucederá al momento que se determine beneficiarlo con salidas transitorias, régimen de semi libertad, libertad condicional, libertad asistida y régimen preparatorio para su liberación; entre otras medidas.

Las víctimas podrán hacer planteos, expresando su rechazo a otorgar el beneficio al condenado, la que deberá ser evaluada por el juez al momento de resolver sobre ese procedimiento.

El articulado que fue objetado por la bancada del Partido Verde, es aquél que obliga a que la decisión de un Juez de Ejecución sobre el otorgamiento de prisión domiciliaria, debe ser previamente verificada por la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones, la que debe resolver si ratifica o rectifica la decisión del Magistrado.

Para la doctora Victoria Vuoto, restringir la decisión del juez natural vulnera garantías constitucionales y es violatorio de pactos que tienen rango constitucional.

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