Domingo 22 de Diciembre de 2024, 02:38 hs.
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Poder Ejecutivo habilitó la posibilidad de que la Dirección Provincial de Puertos pueda disponer la eximición o reducción de las tasas que cobra por el movimiento de mercaderias que estén destinadas a la producción industrial. La decisión se adoptó en función de diversas presentaciones realizadas por el sector textil y se hizo extensivo a toda la Industria fueguina.
Atendiendo a la “delicada situación que se encuentra atravesando” la Industria fueguina y a “la compleja situación financiera” que afrontan producto de la crisis económico que vive el país, que pone en riesgo los puestos de trabajo en el sector fabril, el Poder Ejecutivo habilitó la posibilidad de que la Dirección Provincial de Puertos pueda disponer la eximición o reducción de las tasas que cobra por el movimiento de mercaderías que estén destinadas a la producción industrial.
La decisión se adoptó en función de diversas presentaciones realizadas por el sector de la industria textil “ante los bajos niveles de demanda” que sus productos registran en la actualidad en el mercado.
Entendiendo que esa realidad se hace extensivo al resto de los sectores de la Industria fueguina, y a fin de aportar una alternativa que permita reducir los costos de logística para mejorar la competitividad de la producción local y de esa manera colaborar también con el sostenimiento de los puestos laborales, el Presidente de la Dirección Provincial de Puertos solicitó la derogación de un decreto del año 96 que limitaba sus facultades en materia de tasas.
La norma en cuestión, el decreto 787/96, contemplaba la posibilidad de exención del pago de tarifas “únicamente cuando se trate de bienes o servicios afectados a entidades oficiales de bien público, cuando existieren casos de necesidad o asistencia comunitaria, fines sociales, altruistas o solidarios, y por último, en caso de catástrofe o infortunios”, a la vez que establecía que las quitas sobre las tarifas tenían “un tope del 35% del total de los servicios prestados”.
Para las autoridades portuarias, la mencionada reglamentación “no contempla la situación actual de la provincia” y limita la posibilidad “de contemplar “graves y atendibles situaciones que termine por redundar en consecuencias de mayor transcendencia social, como lo sería la pérdida de puestos de trabajo”, por lo que “a los efectos de no dilatar una respuesta acorde a la gravedad de la realidad industrial de Tierra del Fuego” solicitó la derogación del decreto en cuestión.
Ese criterio fue compartido por el Ejecutivo, por lo que el pasado viernes 11 de enero dictó el decreto 60/19, que dejó sin efecto la norma que regía desde hace más de 20 años.
Fuente: eldiariodelfindelmundo