Viernes 22 de Noviembre de 2024, 05:42 hs.
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La Municipalidad de Ushuaia informó que a través del enlace www.ushuaia.gob.ar/pymes los contribuyentes locales podran inscribirse para solicitar el beneficio de excepción del pago del 100 por ciento de la tasa comercial de la cuota 3 y de un cincuenta por ciento (50%) de la cuota 4 del corriente ano, la suspensión del cobro de las cuotas 3 y 4 del Fondo del Deporte y de los meses de abril y junio del Fondo Vial a las empresas PyMes, segun lo dispuesto por el intendente Walter Vuoto a través del decreto 614/2020.
En este sentido, deberán ingresar al enlace y en el caso de tratarse de actividades incluidas en el artículo 204 de la ley provincial nº 1075, estarán exentas de presentar la declaración jurada. En esos casos, deberán completar el formulario y adjuntar el certificado de exención vigente que emite la AREF.
Por su parte, las actividades comprendidas en la ordenanza 1840 (medios de difusión escritos y radiales exentos del pago de la tasa comercial) están exentas de la presentación del formulario en línea.
En cuanto a las personas físicas o jurídicas que deben completar el formulario, los que tengan dudas sobre donde encuadrarse, hay cinco solapas con el nombre de Servicio de Actividad: Construcción; Servicios; Comercios; Industria y Minería; Agropecuario. Allí de acuerdo al monto de facturación anual deberán seleccionar su categoría.
Posteriormente se deben completar las preguntas según que tipo de persona del contribuyente (física o jurídica), cargarse el archivo con la declaración jurada de ingresos brutos a diciembre de 2019 emitido por AREF y enviar el formulario.
Por cualquier duda o consulta podrán enviar un correo electrónico a la dirección [email protected]
Cabe resaltar que las inscripciones se tomarán hasta el día 5 de abril.
En cuanto a la atención presencial al público, debido a las políticas de aislamiento preventivo y obligatorio, está suspendida, pero se puede consultar a través del correo electrónico y contactarse mediante [email protected]
También se puede realizar el tramite de altas o bajas de débitos automáticos directamente al mail [email protected]
Asimismo, los o las contribuyentes podrán acogerse a los planes de pago que ofrece el Municipio de hasta 72 cuotas, una vez que se normalizarse la atención en las oficinas de Rentas.
Fuente: Sur54